Deben pasar la inspección técnica de edificio (ite) aquellos inmuebles con una antigüedad superior a 30 años, debiendo hacerlo durante el plazo del año siguiente a haber cumplido 30 años de antigüedad. A partir de este momento deberán volver a pasarla cada 10 años.
Hola,
Tengo que reconocer es la unica vez que he llegado tu blog y debo comentar que esta bastante
bien y posiblemente me veras con frecuencia por estos
lares.
😉